En una sesión realizada este miércoles 22 de noviembre, la sala de la Cámara de Diputados aprobó la apertura del cabotaje por 82 votos a favor, 26 en contra y 6 abstenciones.

La propuesta impulsada por el gobierno modifica las leyes de Fomento a la Marina Mercante y de Navegación.

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Las modificaciones a la Ley de Fomento a la Marina Mercante y la Ley de Navegación, fueron propuestas por el gobierno para fomentar la competencia en el mercado del cabotaje marítimo.

 

El proyecto había sido aprobado el pasado 8 de noviembre por la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones de la Cámara de Diputados

 

En la sala estuvieron presentes los ministros de Transportes y de Economía, Juan Carlos Muñoz y Nicolás Grau, quienes defendieron la postura del gobierno.

 

El informe de la Comisión de Transportes fue rendido por el diputado Mauro González de RN, quien explicó  la propuesta, impulsada por el Ejecutivo.

 

En uno de sus considerandos se establece que las naves mercantes extranjeras podrán realizar servicios regulares de cabotaje entre puertos chilenos. Sin embargo, ello será, únicamente, cuando no existan servicios regulares de cabotaje prestados por naves nacionales entre dichos puertos.

La autorización respectiva la emitirá la autoridad marítima por un año, renovable por una sola vez, para naves de una eslora mayor o igual a 150 metros. Esto, si es que aún no existen naves chilenas prestando servicios regulares en esas rutas. Al término del periodo de renovación, las naves extranjeras deberán cambiar a bandera chilena, acogiéndose a la normativa nacional.

 En el debate hubo parlamentarios que expresaron que era un mal proyecto y se alertó que afectaría una industria que funciona bien, al menos en el sur. Asimismo, se sostuvo que podría haber vulneración a la seguridad nacional. Igualmente, afirmaron que la experiencia internacional comparada es negativa sobre la materia.

En particular, se rechazó, por 32 votos a favor, 66 en contra y 20 abstenciones, el artículo transitorio que proponía la no aplicabilidad durante ocho años de las normas de excepción para las regiones de Los Lagos, Aysén y Magallanes.

 

 

 

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